Normas generales de comportamiento
El principio de conducción diligente, el sentido de la circulación, los carriles, el uso del arcén y las obligaciones básicas de todo conductor.
Antes de que existan las señales existe una regla que las envuelve a todas: conducir con la diligencia y la precaución necesarias para evitar daños. Suena a fórmula legal, pero es la que se aplica cuando algo va mal y ninguna norma concreta lo prohibía expresamente.
La obligación que está por encima de las demás
La ley exige conducir con la atención permanente y sin poner en peligro a nadie. De ahí salen tres obligaciones que el examen pregunta una y otra vez:
- Estar en condiciones de controlar el vehículo. Cansancio, medicación, enfermedad o cualquier alteración física o psíquica que reduzca la capacidad de reacción son motivo suficiente para no conducir.
- Mantener la libertad de movimientos. Nada puede interferir entre el conductor y los mandos: ni objetos en el suelo, ni un animal suelto, ni un pasajero mal sentado.
- Conservar el campo de visión. Cristales limpios, retrovisores ajustados y nada colgando del espejo que tape la vista.
De esta misma regla nace la prohibición de conducir usando el móvil, auriculares conectados a aparatos de sonido, pantallas de vídeo o cualquier dispositivo que distraiga. Y también la de emitir perturbaciones, ruidos o gases en una medida superior a la reglamentaria.
Por dónde se circula
La regla base es circular por la derecha y lo más cerca posible del borde derecho de la calzada, dejando libre el arcén. Sobre esa base se montan las excepciones.
En vías con dos o más carriles por sentido dentro de poblado se puede elegir el carril y mantenerse en él, siempre que no se entorpezca a nadie. Fuera de poblado, en cambio, hay que ir por el carril derecho y usar los demás solo para adelantar o para prepararse a girar a la izquierda.
Circular por el carril izquierdo de una autovía sin estar adelantando es una de las infracciones más denunciadas y una de las preguntas más frecuentes. En cuanto termina el adelantamiento, hay que volver a la derecha.
Circular por autopista y autovía
Son las vías más seguras por kilómetro recorrido y a la vez donde un error sale más caro, porque todo pasa a más velocidad y con menos margen.
Quién no puede entrar
Peatones, animales, ciclos, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, vehículos de tracción animal y los que por construcción no puedan alcanzar los 60 km/h. Tampoco se puede cambiar de sentido, ni circular marcha atrás, ni parar salvo emergencia.

Entrar
El carril de aceleración está para igualar velocidades, no para esperar. Se acelera mientras se busca el hueco y se entra sin obligar a nadie a frenar. La preferencia es de quien ya circula, pero quien está dentro debe facilitar la incorporación cambiando de carril si puede hacerlo con seguridad.
Circular
Por el carril derecho. Los demás son para adelantar y para prepararse a salir. Quedarse en el izquierdo sin adelantar es de las infracciones más denunciadas y, sobre todo, obliga a los demás a adelantar por la derecha.
Salir
Se señaliza con antelación, se toma el carril de deceleración y se frena ya dentro de él. Frenar en el carril principal antes de la salida es lo que provoca el alcance por detrás.
Si te quedas parado
Sacar el vehículo de la calzada, luces de emergencia, chaleco puesto dentro del coche, baliza V-16 en el techo y esperar tras la barrera de protección. Nunca en el arcén junto al vehículo, que es donde ocurren los atropellos por accidente secundario.
Refugios, isletas y zonas excluidas
Cuando en la calzada hay un refugio, una isleta o una zona señalizada como excluida, la regla es rodearla por la derecha, salvo que la señalización indique otra cosa o que la isleta esté a la izquierda del sentido de la marcha en una vía de sentido único.
Las zonas cebreadas pintadas en el suelo delimitan espacio excluido a la circulación. Si su contorno es una línea continua, no se puede pisar en ningún caso; si es discontinua, se puede acceder a ellas cuando sea necesario para una maniobra permitida.
Obstáculos y caída de la carga
Si algo cae del vehículo a la calzada, la obligación es doble: retirarlo lo antes posible y, mientras tanto, señalizarlo para que no provoque un accidente. Quien crea un obstáculo responde de él.
Si el obstáculo lo encuentras tú y no lo has creado, no estás obligado a retirarlo, pero sí a no empeorar la situación: reducir, señalizar con las luces de emergencia si hace falta y avisar al 112 cuando el peligro sea serio.
Cinturón, casco y sistemas de retención
El cinturón es obligatorio en todas las plazas que lo tengan, delante y detrás, dentro y fuera de poblado. La infracción se sanciona a cada ocupante mayor de edad; si el ocupante es menor, responde el conductor.
Los menores de 135 centímetros de estatura deben viajar en las plazas traseras con un sistema de retención homologado y adaptado a su talla. Solo pueden ir delante en supuestos tasados: que el vehículo no tenga plazas traseras, que estén ya ocupadas por otros menores o que no quepan las sillas.
El casco es obligatorio para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores. En bicicleta, es obligatorio en vías interurbanas para todos, y para los menores de 16 años también en ciudad.
Descanso y estado del conductor
No hay una norma que obligue a un conductor particular a parar cada dos horas, pero sí una obligación general de conducir en condiciones. La recomendación de las dos horas es la que utiliza la DGT y la que espera el examen cuando pregunta por viajes largos.
Los síntomas que obligan a parar son conocidos y aun así se ignoran: bostezos repetidos, picor de ojos, cambios constantes de postura, no recordar los últimos kilómetros. Cuando aparecen, la fatiga ya está instalada; el café tarda veinte o treinta minutos en hacer efecto y una siesta de quince o veinte minutos recupera bastante más que aguantar.
Las cifras de este tema
Si vas con el tiempo justo, esto es lo que hay que llevarse memorizado. Están todas juntas en la chuleta general.
| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Sistema de retención infantil | hasta 135 cm | En plazas traseras |
Base normativa
Lo que se explica en este tema sale de estas normas. Los enlaces llevan al texto consolidado del BOE, para que puedas comprobarlo tú mismo.
- Reglamento General de Circulación RD 1428/2003 · normas generales de comportamiento y sentido de la circulación
- Ley de Tráfico y Seguridad Vial RDL 6/2015, texto refundido · obligaciones del conductor
Dudas frecuentes de este tema
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Has leído la teoría. Estas son las preguntas del banco que la preguntan, con la explicación de por qué cada respuesta es la correcta.
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